Artículo 1
La Nación contribuirá con la suma de doce millones de pesos ($ 12.000.000.00) a la financiación de la nueva red de alcantarillado de la ciudad de Cali.
Ley 84 De 1961
La Nación contribuirá con la suma de doce millones de pesos ($ 12.000.000.00) a la financiación de la nueva red de alcantarillado de la ciudad de Cali.
El pago de la contribución qne por el artículo anterior se decreta, se liará en el curso de los próximos cuatro años, a razón de tres millones de pesos en cada Presupuesto anual.
Las partidas correspondientes serán incluidas en los Presupuestos de las vigencias inmediatamente siguientes a la aprobación de la presente Ley Caso contrario, queda autorizado el Gobierno para abrir los créditos necesarios, contratar empréstitos y realizar todas las gestiones encaminadas a la efectividad de la misma.
La Contrataría General de la República controlará la inversión de los fondos nacionales a que la presante Lev se refiere.
Esta Ley regirá desde su sanción.