Artículo 1
1 inciso
Art. 1.° Concédese á la Sra. Clementina Mariño de Valderrama, viuda del General Antonio Valderrama, una recompensa, por una sola vez, de ocho mil pesos ($ 8,000).
Ley 63 De 1888
Art. 1.° Concédese á la Sra. Clementina Mariño de Valderrama, viuda del General Antonio Valderrama, una recompensa, por una sola vez, de ocho mil pesos ($ 8,000).
Art. 2.° Concédese al General Joaquín María Córdoba, también por una sola vez, una recompensa de ocho mil pesos ($ 8,000).
Gobierno Ejecutivo Nacional
Art. 3.° Las sumas necesarias para él pago de estas recompensas se tendrán por incluidas en el presupuesto de gastos vigente.