Artículo 1
1 inciso
821,35) que se les cobra ejecutivamente por alcance a cargo del primero como Agente de sales marítimas en Popayán, recaído en su cuenta de agosto de 1931, y condónaselas también los intereses a que pueda haber lugar.
Ley 84 De 1940
821,35) que se les cobra ejecutivamente por alcance a cargo del primero como Agente de sales marítimas en Popayán, recaído en su cuenta de agosto de 1931, y condónaselas también los intereses a que pueda haber lugar.
Esta ley rige desde su sanción.