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Ley 47 De 1925

Artículo 1

1 inciso

Destínase la cantidad de diez mil pesos ($ 10,000), para auxiliar la gran excursión escolar que, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 1º de la Ley número 33 del presente año, ha organizado el señor Director General de Instrucción Pública del Departamento de Cundinamarca, para el próximo 12 de octubre, aniversario del descubrimiento de América, y fiesta de la raza.

Artículo 2

1 inciso

Tal auxilio, decretado por el artículo segundo de la citada Ley se considerará incluido en el Presupuesto de gastos de la actual vigencia.

Artículo 3

1 inciso

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público