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Ley 84 De 1928

Artículo 1

1 inciso

La Nación contribuirá con la suma de cincuenta mil pesos ($ 50,000), pagadera en dos anualidades, para la ampliación del local denominado La Encarnación , destinado por la Asamblea del Cauca para el funcionamiento de un establecimiento de instrucción secundaria para señoritas, en la ciudad de Popayán.

Artículo 2

1 inciso

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Educación Nacional