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Ley 63 De 1966

Artículo 1

1 inciso

Queda exento de prestar el servicio militar en tiempo de paz, con la obligación de inscribirse y pagar la cuota de compensación militar, el hijo que atienda a la subsistencia de su madre cuando ésta haya sido abandonada por el esposo.

Artículo 2

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Defensa Nacional