Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 84 De 1922

Artículo 1

1 inciso

Créase un Juzgado 2° en el Circuito de Ríonegro, del Distrito Judicial de Medellín.

Artículo 2

1 inciso

Tanto el personal como los sueldos para este Juzgado serán los señalados para el Juzgado 1° del Circuíto de Ríonegro. El gasto que demande el funcionamiento de este Juzgado 2°, por sueldos y material, se incluirán en el Presupuesto de la próxima vigencia.

Artículo 3

1 inciso

Segrégase el Municipio de Heliconia del Circuíto de Titiribí y se agrega al de Medellín.

Artículo 4

1 inciso

Esta Ley principiará a regir el 1° de febrero de 1923.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno