Artículo 1
Además de los documentos exigidos por los artículos 8°. de la Ley 56 y 18 de la 119 de 1890, se acompañara a la demanda de expropiación del certificado de la Oficina respectiva, acerca del avaluó que se haya fijado en el catastro del inmueble a que la expropiación se refiere.