Artículo 1
Parágrafo 11 Bis
En adelante el personal y asignaciones mensuales de los empleados del Ministerio de Obras Públicas, será el que en seguida se expresa:
Del Subjefe
Del Director General de Ferrocarriles
Dirección General de Obras Públicas.
Contabilidad.
Navegación.
Dirección General de Caminos.
Personal.
MINISTERIO DE GOBIERNO
CONGRESO NACIONAL
Cámara del Senado.
Artículo 1º Parágrafo 11 bis. Para pagar al Director de los Anales de la corporación sus sueldos correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo de 1924, a razón de ciento cincuenta pesos mensuales, por los trabajos ejecutados en la dirección del periódico en cumplimiento de disposición reglamentaria