Artículo 1
1 inciso
El Poder Ejecutivo hará publicar en la Imprenta Nacional el catalogo e índices de la Sección de la Biblioteca Nacional conocida con el nombre de Biblioteca Pineda.
Ley 47 De 1912
El Poder Ejecutivo hará publicar en la Imprenta Nacional el catalogo e índices de la Sección de la Biblioteca Nacional conocida con el nombre de Biblioteca Pineda.
La partida necesaria para dicha publicación se incluirá en el Presupuesto de la próxima vigencia.