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Ley 118 De 1888

Artículo 1

2 incisos

Art. 1.° Concédese una recompensa de dos mil pesos ($ 2,000), por una sola vez, á la Señorita Doña Concepción Franco Vergara, hija soltera única del Coronel Habacuc Franco; cantidad que no podrá embargársele por motivo alguno.

La expresada suma se entregará á la agraciada en dinero, incluyéndola en el Presupuesto de Gastos de la próxima vigencia económica.

Artículo 2

Gobierno Ejecutivo-Bogotá, 23 De Noviembre De 1888

1 inciso

Art. 2.° Concédese igualmente la recompensa de dos mil quinientos pesos ($ 2,500), por una sola vez, al Coronel Narciso Collazos, de conformidad con la Ley 153 de 1887 .

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro del Tesoro