Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 19 De 1959

Artículo 1

1 inciso

Apruébase la preinserta "Constitución de la Organización Mundial de la Salud", suscrita en Nueva York el 22 de julio de 1946.

Artículo 2

1 inciso

Las cuotas que corresponden a Colombia para el sostenimiento de la Organización Mundial de la Salud, se imputarán al presupuesto anual del Ministerio de Salud Pública.

Firmas

El presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Crédito Público
El Ministro de Salud Pública