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Ley 19 De 1947

Artículo 1

1 inciso

J., apóstol incansable del mejoramiento obrero y propulsor eficaz de las obras sociales.

Artículo 2

2 incisos

° En la plazoleta del barrio "Villa-Javier" creación debida a los esfuerzos e iniciativas del insigne sacerdote, se levantara un busto en bronce con esta inscripción:

"Al Padre Campoamor, benefactor de los obreros. El Congreso de Colombia-1947."

Artículo 3

1 inciso

000), que el Ejecutivo incluirá en el proyecto de Presupuesto que presente próximamente a las Cámaras.

Artículo 4

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas