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Articulado completo

Ley 46 De 1989

Artículo 1

1 inciso

Apruébase el "Convenio Comercial y de Cooperación Económica entre Colombia e Israel", firmado en Bogotá el 22 de septiembre de 1986.

Artículo 2

1 inciso

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1. de la Ley 7º. de 1944, el "Convenio Comercial y de Cooperación Económica entre Colombia e Israel", firmado en Bogotá, el 22 de Septiembre de 1986 que por el artículo 1º. de esta Ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional.

Artículo 3

1 inciso

La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

El Presidente del honorable Senado
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores