Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 6 De 1908

Artículo 1

1 inciso

Artículo único. Apruébase el Convenio que, en cumplimiento de la Ley número 15 de 1907, ha celebrado con fecha 30 de Julio de 1908 el sr. Ministro de Relaciones Exteriores de la República con el sr. don Juan de la Cruz Gaviria, cesionario de Carlos H. Simmonds.

Firmas

EL Secretario
El Secretario
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores