De conformidad con los numerales 17 y 20 del artículo 76 de la Constitución Política de Colombia, autorizase al Gobierno Nacional para planificar y desarrollar las siguientes obras de utilidad pública y de interés social en la ciudad de Guaduas, así:
aConstrucción de un moderno Acueducto Municipal;
bPavimentación de calles y plazas;
cConstrucción del Palacio Municipal;
dElectrificación rural del Municipio;
eConstrucción y funcionamiento de una Facultad de Agronomía y Veterinaria, a cargo de la Universidad Libre.
fCanalización del río Limonal;
gCompra de terrenos y construcción de un barrio popular para gentes pobres;
hReforestación de la Hoya Hidrográfica del río San Francisco y del río Guadual;
iPavimentación de calles y plazas de la Inspección Departamental de Policía de Puerto Bogotá;
jTerminación de la obra del Alcantarillado de la Inspección Departamental de Policía de Puerto Bogotá;
kPavimentación de la carretera La Paz-Pico de Gallo;
lPavimentación de la carretera Guaduas-Guaduero;
ll) Construcción de un hotel de turismo en Puerto Bogotá;
mConstrucción y pavimentación de la carretera Puerto Salgar-Cedrales-Puerto Bogotá-Cambao;
nConstrucción y funcionamiento de un parque en la margen derecha del río Magdalena, sector Puerto Bogotá - Cambao, para la conservación de la fauna y la flora del río Magdalena, hoy en vía de extinción.