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Ley 62 De 1959

Artículo 1

1 inciso

La Nación se asocia al dolor que afecta a la Universidad de Nariño con motivo de la tragedia ocurrida el 20 de noviembre del año en curso al destruirse el teatro de dicho instituto.

Artículo 2

1 inciso

Destinase la suma de quinientos mil pesos ($500.000.00) para reparar las dependencias de la Universidad que fueron afectadas.

Artículo 3

1 inciso

Autorizase al Gobierno Nacional para que abra los créditos y haga los traslados necesarios para dar cumplimiento a la presente Ley.

Artículo 4

1 inciso

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro De Hacienda Y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional