Artículo 1
1 inciso
Art. 1.° El Congreso nacional acepta el escudo de armas de la República que le presenta el señor Jerman Cárdenas Guardela, como un obsequio digno del cuerpo lejislativo de su patria.
Ley 5 De 1873
Art. 1.° El Congreso nacional acepta el escudo de armas de la República que le presenta el señor Jerman Cárdenas Guardela, como un obsequio digno del cuerpo lejislativo de su patria.
Art. 2.° El Poder Ejecutivo presentará al señor Jerman Cárdenas Guardela, a nombre del Congreso de Colombia, un servicio completo de instrumentos i útiles de escultura en piedra, con copia auténtica de la presente lei.
Art. 3.° El Poder Ejecutivo dispondrá el lugar que considere conveniente para la colocacion del escudo cedido al Congreso por el señor Jerman Cárdenas Guardela.