Artículo 1
El Gobierno procederá a construir y dotar de los enseres y elementos necesarios para su correcto funcionamiento, tres pabellones con capacidad para cien alumnos cada uno en la Escuela Municipal de Artes y Oficios de la ciudad de Cali, con destino a abrir en dicho establecimiento los cursos de sastrería, zapatería y de hilados y tejidos.