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Articulado completo

Ley 31 De 1986

Aprueba

El texto propio de esta ley es el acto aprobatorio. Aprueba un instrumento con articulado propio:

Artículo 1

9 incisos

Articulo primero. Apruébase el Acuerdo entre la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos y el Gobierno de la República de Colombia, para realizar el Proyecto Multinacional de Comunicación para el Desarrollo de la Educación, la Ciencia y la Cultura", suscrito en Washington el 25 de abril de 1984, cuyo texto es:

ACUERDO ENTRE LA SECRETARIA GENERAL DE LA ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA, PARA REALIZAR EL PROYECTO MULTINACIONAL DE COMUNICACION PARA EL DESARROLLO DE LA EDUCACION, LA CIENCIA Y LA CULTURA.CONSIDERANDO:

Que el Consejo Interamericano de Cultura (CIC) de la Organización de los Estados Americanos (OEA), actualmente denominado Consejo Interamericano para la Educación, la Ciencia y la Cultura (CIECC), en su Sexta Reunión celebrada en Puerto España, Trinidad y Tobago, del 3 al 10 de junio de 1969, mediante la Resolución CIC 015/69, creó con sede en Bogotá, Colombia, un Centro Interamericano destinado a la producción de material educativo y científico para la prensa y autorizó a la Comisión Ejecutiva para que tomara las medidas necesarias con el Gobierno de Colombia a fin de poner en marcha dicho Centro; Que uno de los proyectos aprobados para llevar a efecto el Programa Regional de Desarrollo Educativo (PREDE) fue el denominado Interamericano de Producción de Material Educativo y Científico para la Prensa, actualmente titulado "Multinacional de Comunicación para el Desarrollo de la Educación, la Ciencia y la Cultura", parte de cuyas actividades han de ser ejecutadas sobre la base de un acuerdo entre el Ministerio de Educación, la Secretaría General de la OEA y el Ministerio de Relaciones Exteriores;

Que la Secretaría General de la OEA y los Ministros de Relaciones Exteriores y de Educación de la República de Colombia, suscribieron un Acuerdo en la ciudad de Washington, D. C., el 29 de febrero de 1972, que fue aprobado por el Congreso Nacional de ese país el 16 de abril de 1973, por la Ley 10 de 1973 , con el propósito de realizar el proyecto Interamericano de Producción de Material Educativo y Científico para la Prensa;

Que se hace necesario prorrogar así como revisar algunas de las disposiciones contenidas en el Acuerdo del 29 de febrero de 1972, con el propósito de actualizarlas, hacerlas más operativas y satisfacer en mejor forma las necesidades y aspiraciones tanto del país sede del proyecto como de los otros Estados miembros de la OEA, en el campo de la comunicación e información educativa, científica y cultural;

POR TANTO:

El Secretario General interino de la Organización de los Estados Americanos, a nombre y en representación de la Secretaría General, en adelante denominada la Secretaría General, y el Embajador representante permanente y Jefe de la Misión de Colombia ante la OEA a nombre y representación del Gobierno colombiano, en adelante denominado el Gobierno, suscriben el siguiente;

ACUERDO

OBJETIVOS

Artículo 2

1 inciso

Articulo segundo. Esta Ley entrará en vigencia una vez cumplidos los trámites establecidos en la Ley 7ª. del 30 de noviembre de 1944, en relación con el Convenio que por esta misma Ley se aprueba.

Firmas

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General del honorable Senado
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores
La Ministra de Educación Nacional (E.)