Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 46 De 1960

Artículo 1

3 incisos14 literales

Racionalizase e incorporarse al Plan Vial Nacional ( Ley 12 de 1949 ) los siguientes carretearles:

a

Pueblo Bello-Azucarbuena-El Palmar-Valledupar;

b

Valledupar-Atanquez-Patillal-Badillo;

c

San Juan del Cesar-Badillo-Valledupar;

d

Riofrio-Orihueca-Sevilla-Tucurinca;

e

Rio de Oro-Aguas Claras;

f

Taladro-El Burro-Puerto Oculto;

g

El Burro-Tamalameque-La Boca;

h

La Mata-La Gloria;

i

Aguachica-Puerto Mosquito;

j

Los Angeles-Montecitos-Puerto Nuevo;

k

Caracoli-Los Venados-El Paso;

l

Caracoli-San Juan del Cesar;

ll) La Jagua-Sierra Montaña-Manaure;

m

Simaña-La Mata;

n

Santa Marta-Taganga;

ñ) Santa Rosa-Monterrubio-Chivolo-Apure.

Artículo 2

1 inciso

Las zonas de carreteras nacionales de Valledupar, Fundación y Ocaña se encargaran desde la vigencia de esta Ley de la conservación de las vías de que trata el artículo anterior.

Artículo 3

1 inciso

Esta Ley rige desde su sanción.

Firmas

EL PRESIDENTE DEL SENADO
El Presidente de la Cámara
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas