Artículo 1
La República honra al doctor Miguel Abadía Méndez, ex-Presidente de Colombia, y exalta su memoria como alto ejemplo de acatamiento a las instituciones democráticas.
Ley 46 De 1948
La República honra al doctor Miguel Abadía Méndez, ex-Presidente de Colombia, y exalta su memoria como alto ejemplo de acatamiento a las instituciones democráticas.
Un retrato al óleo del doctor Abadía Méndez será colocado en la Galería de los Presidentes del Palacio Presidencial.
En la Facultad de Derecho de la Ciudad Universitaria, en el patio sur, se erigirá una estatua del doctor Abadía Méndez, y en el pedestal se grabara la siguiente inscripción:
"El Congreso de Colombia de 1948 al doctor Miguel Abadía Méndez, quien como Presidente de la República dio la más noble y severa lección de democracia, resignado el Poder en manos de su adversario político".
El Gobierno comprará la biblioteca que perteneció al doctor Abadía, y la destinara a la Escuela de Derecho de la Universidad Nacional.
Las partidas necesarias para el cumplimiento de la presente Ley, se incluirán en el Presupuesto de la próxima vigencia, y en caso de no hacerlo, se autoriza al Gobierno Nacional para que haga los traslados correspondientes.