Artículo 1
La Nación contribuirá con la suma de ochocientos mil pesos ($ 800.000.00), moneda legal, a la construcción de la plaza de mercado cubierto de la ciudad de La Unión, en el Departamento de Nariño, obra que se adelanta sobre estudios y planos debidamente aprobados, y cuya ejecución está a cargo del Municipio de que es capital dicha ciudad.