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Ley 62 De 1921

Artículo 1

1 inciso

La Republica se hará representar en las fiestas del primer centenario de la Batalla de Pichincha, ante la República del Ecuador, por medio de una Delegación de colombianos residentes en el Ecuador, la cual nombrara con oportunidad el Poder Ejecutivo.

Artículo 2

1 inciso

Los gastos que ocasione la ejecución de la presente Ley se consideraran incluidos en el Presupuesto de la próxima vigencia.

Artículo 3

1 inciso

Queda en estos términos adicionada la Ley 79 de 1920 .

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario de Relaciones Exteriores, Encargado del Despacho