Artículo 1
La Nación se asocia a las festividades de la ciudad de Medellín con motivo del cincuentenario de la fundación de su Sociedad de Mejoras Publicas, que se verificara el 9 de febrero de 1949.
Ley 116 De 1948
La Nación se asocia a las festividades de la ciudad de Medellín con motivo del cincuentenario de la fundación de su Sociedad de Mejoras Publicas, que se verificara el 9 de febrero de 1949.
Para conmemorar esta fecha, auxiliase a dicha Sociedad de Mejoras Publicas con la cantidad de doscientos mil pesos ($200.000), que se incluirá en el Presupuesto de la próxima vigencia. Dicha cantidad se destina para construir un teatro en la ciudad de Medellín y un local para la instalación del Museo de Zea, bien sea en una sola edificación o separadamente.
Las Cámaras se harán representar por sendas comisiones de su seno en las festividades del cincuentenario de la Sociedad de Mejoras Publicas de Medellín.
Una placa en bronce será colocada por el Gobierno en el salón principal de la Sociedad, con esta inscripción:
El Congreso de Colombia a la Sociedad de Mejoras de Medellín en el primer cincuentenario de su fundación - Febrero 9 de 1949.
Esta Ley regirá desde su sanción.