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Ley 5 De 1989

Artículo 1

1 inciso

o . La República de Colombia honra la memoria y rinde tributo al ilustre hombre publico, eminente ciudadano, probo y ejemplar funcionario, doctor Carlos Mauro Hoyos Jiménez' sacrificado el 25 de enero de 1988, siendo Procurador General de la Nación. Reconoce y exalta los servicios prestados al país desde las actividades políticas, parlamentarias y administrativas, las cuales ejerció con honestidad, consagración e inteligencia.

Artículo 2

2 incisos

o . El Gobierno Nacional en homenaje a la memoria del ilustre ex Procurador Carlos Mauro Hoyos Jiménez' erigirá en la plaza principal del Municipio de El Retiro, un monumento con la siguiente inscripción:

"La República de Colombia reconocida, al Procurador General de la Nación, doctor Carlos Mauro Hoyos Jiménez' (Ley número... de 1989)".

Artículo 3

1 inciso

o . El Palacio de Justicia de la ciudad de Medellín, llevará el nombre de Carlos Mauro Hoyos Jiménez. Así mismo la unidad deportiva del Municipio de El Retiro, que deberá construirse en terrenos que suministre el Municipio y con fondos de la Nación, llevará también'n el nombre del ilustre jurista y hombre público.

Artículo 4

1 inciso

o . La Cámara de Representantes ordenará la publicación de los escritos de carácter legislativo, político y jurídico del doctor Carlos Mauro Hoyos Jiménez' y la elaboración de un retrato al óleo para ser colocado en el Salón de Sesiones de la Comisión Primera Constitucional de la Cámara de Representantes.

Artículo 5

1 inciso

o . En el Palacio de Justicia de Bogotá se elaborará un mural relativo a los actos sobresalientes de la vida pública del Congresista y Procurador, doctor Carlos Mauro Hoyos Jiménez.

Artículo 6

1 inciso1 parágrafo

o . La carrera 35 entre las calles 46 y 49 de Medellín se llamará "Carlos Mauro Hoyos Jiménez'" y allí se colocar un busto en bronce o una placa alusiva.

Parágrafo

Los gastos que ocasione el cumplimiento de los artículos 4 o , 5 o y 6 o , de la presente Ley serán con cargo al Presupuesto de la Cámara de Representantes.

Artículo 7

1 inciso

o . El Consultorio Jurídico de una de las universidades de Medellín o Bogotá se denominará "Consultorio Jurídico Carlos Mauro Hoyos Jiménez".

Artículo 8

1 inciso

o . Dentro de los tres (3) meses siguientes a la expedición de la presente Ley, el Gobierno Nacional definirá los mecanismos necesarios conducentes a la adopción de las medidas requeridas para la protección y amparo de la señora madre del doctor Carlos Mauro Hoyos Jiménez.

Artículo 9

1 inciso

El Gobierno Nacional apropiará en el Presupuesto Nacional las partidas necesarias para el cumplimiento de la presente Ley.

Artículo 10

1 inciso

Esta Ley rige a partir de la fecha de su expedición.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas y Transporte