Artículo 1
1 inciso
Art. 1.° Exímense del pago de derechos de importación los materiales y útiles necesarios para refección y mejora del convento de San Juan de Dios en la ciudad de Cartagena, que sean introducidos por S. S. Ilustrísima el Obispo de aquella Diócesis, Dr. Eugenio Biffi.