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Ley 82 De 1890

Artículo 1

1 inciso

Art. 1° Declárase exento de toda responsabilidad á Félix Mejía por no haber entregado en Medellín, en su carácter de Mensajero del Atlántico, una caja de níkel que le fue robada, de varias que recibió en Barranquilla en Diciembre de 1889.

Artículo 2

1 inciso

Art. 2 ° El Poder Ejecutivo dispondrá que cese inmediatamente el procedimiento que se haya adoptado contra dicho señor ó contra sus fiadores.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Fomento, encargado del Ministerio del Tesoro