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Ley 27 De 1898

Artículo 1

1 inciso

Apruébanse la Ordenanza 41 de 1894 do la Asamblea del Departamento do Bolívar, y las Ordenanzas 4, 14, 15, 18, 74, 80 y 81 de 1890 do la Asamblea del Departamento de Panamá, por las cuales se varía la organización de algunos Municipios.

Artículo 2

1 inciso

Del misino modo apruébase el artículo 3." de la Ordenanza número 41, de 29 de Julio de 1898 de la Asamblea de Cundinamarca, “sobre límites municipales," ó impruébanse los artículos 1 y 2. de dicha Ordenanza.

Artículo 3

1 inciso

Apruébanse también la Ordenanza número 33, expedida por la Asamblea de Boyacá en sus sesiones de 1896, y la Ordenanza número 22 expedida por la Asamblea del Departamento de Antioquia, en sus sesiones de 1898.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Guerra, encargado del Despacho de Gobierno