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Articulado completo

Ley 82 De 1988

Aprueba

El texto propio de esta ley es el acto aprobatorio. Aprueba un instrumento con articulado propio:

Artículo 1

1 inciso

Artículo segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º. de la Ley 7ª. de 1944, el Convenio 159 sobre la readaptación profesional y el empleo de personas inválidas, adoptado por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo en su 69ª. reunión, Ginebra, 1983, que por el artículo primero de esta Ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione en vínculo internacional.

Artículo 3

1 inciso

Artículo tercero. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.

Artículo 2

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º. de la Ley 7ª. de 1944, el Convenio 159 sobre la readaptación profesional y el empleo de personas inválidas, adoptado por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo en su 69ª. reunión, Ginebra, 1983, que por el artículo primero de esta Ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione en vínculo internacional.

Firmas

El Presidente del Senado de la República
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario General del Senado
El Secretario General de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social
El Ministro de Relaciones Exteriores