Artículo 1
1 inciso
Incorpóranse a la Red de Carreteras Nacionales y al Plan Vial de que habla la Ley 12 de 1949 las vías de Pueblo Nuevo a Cintura; San Pelayo a Buenos Aires; Sahagún a San Benito Abad; en los Departamentos de Córdoba y Bolívar.
Ley 82 De 1963
Incorpóranse a la Red de Carreteras Nacionales y al Plan Vial de que habla la Ley 12 de 1949 las vías de Pueblo Nuevo a Cintura; San Pelayo a Buenos Aires; Sahagún a San Benito Abad; en los Departamentos de Córdoba y Bolívar.
El Gobierno Nacional construirá estas carreteras con fondos del Tesoro Nacional.
Incorpórase al Plan Vial de Carreteras Nacionales el tramo comprendido entre la carretera troncal del Meta y la población de Medina.
Autorízase al Gobierno Nacional para apropiar las partidas, hacer los traslados y abrir los créditos necesarios para dar cumplimiento a la presente Ley.
Esta Ley regirá desde su sanción.