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Ley 46 De 1922

Artículo 1

1 inciso

Reconocerse como día memorable para la Republica el 11 de octubre de 1822, fecha del nacimiento del ilustre ciudadano doctor Sergio Arboleda.

Artículo 2

1 inciso

En el 11 de octubre de este año, primer centenario del nacimiento de tan esclarecido colombiano, se colocara su retrato en uno de los salones del Senado, con la inscripción ordenada por la Ley 123 de 1888 .

Artículo 3

1 inciso

El busto decretado por la Ley citada se entregara como presente del Congreso a la Universidad del Cauca, en la fecha que se determine por el Gobierno Nacional.

Artículo 4

1 inciso

Copia de esta Ley, en edición especial, se remitirá al Concejo de la ciudad de Popayán, cuna de Arboleda, y a los hijos sobrevivientes de tan insigne patricio, publicista y educacionista.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno