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Ley 82 De 1961

Artículo 1

2 incisos1 parágrafo

000.00), como contribución de la Nación para la terminación del templo parroquial del Municipio de Puente Nacional.

Parágrafo

La suma destinada por el presente artículo la incluirá el Gobierno Nacional en cuotas de a cien mil pesos ($ 100.000.00) anuales, desde la vigencia fiscal de 1960, inclusive, en las apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas.

En caso de no hacerse apropiaciones destinadas a este fin en el Presupuesto, el Gobierno hará dentro del mismo los traslados del caso y las demás operaciones de contabilidad para darle cumplimiento a esta Ley, en los años de 1960 a 1964.

Artículo 2

1 inciso

$ 150.000.00) al Municipio de Guadalupe (Santander), con destino a la terminación de la iglesia parroquial; y con igual suma ($ 150.000.00), con destino a la construcción y dotación de la Casa Consistorial. Estos auxilios serán apropiados por el Gobierno Nacional en los Presupuestos de las vigencias fiscales de 1960 y 1961, por partes iguales, dentro del presupuesto del Ministerio de Obras Públicas; pero si no se apropiaren, el Gobierno, queda facultado para hacer dentro de ellos los traslados que fueren necesarios, a objeto.de quej esta Ley tenga cumplimiento antes de la vigencia de 1962.

Artículo 3

1 inciso

El auxilio decretado por el artículo 2°, en cuanto a la construcción de la iglesia parroquial será pagado al Tesorero Síndico de la Parroquia, y el destinado a la construcción de la Casa Consistorial, será pagado al Tesorero Municipal, quienes deberán rendir cuentas de las inversiones a la Contratarla General de la República.

Artículo 4

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas