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Articulado completo

Ley 1602 De 2012

Artículo 1

Objeto

1 inciso

Declarar patrimonio cultural inmaterial de la Nación el Folclore Veleño, el Festival Nacional de la Guabina y el Tiple de Vélez (Santander); el desfile de las Flores de Vélez - Santander y la Parranda Veleña, a la vez que se les brinda protección a sus diversas expresiones.

Artículo 2

1 inciso

La Nación, a través del Ministerio del Interior y del Ministerio de Cultura, contribuirán al fomento, divulgación, desarrollo de programas y proyectos que adelanta el municipio de Vélez (Santander) y sus fuerzas vivas para exaltar este municipio como ciudad ejemplo para los colombianos.

Artículo 3

1 inciso1 guion

Autorízase al Ministerio de Cultura su concurso en la modernización del Festival Nacional de la Guabina y el Tiple de Vélez - Santander, como patrimonio cultural inmaterial de la Nación, en el siguiente aspecto:

Guion

Organización del Festival Nacional de la Guabina y el Tiple de Vélez (Santander), promoviendo la interacción de la cultura nacional con la universal.

Artículo 4

De Las Obras Y Su Financiación

2 incisos3 bullet

A partir de la promulgación de la presente ley y conforme a lo establecido en los artículos 288, 334, 341 y 345 de la Constitución Política, las competencias establecidas en la Ley 715 de 2001 y sus decretos reglamentarios, la Ley 819 de 2003 , se autoriza al Gobierno Nacional para que incorpore dentro del Presupuesto General de la Nación e impulse a través del Sistema Nacional de Cofinanciación, las apropiaciones necesarias que permitan la construcción, adecuación y dotación de las siguientes obras:

Viñeta

Remodelación y mantenimiento del Parque Nacional del Folclore de Vélez, Santander.

Viñeta

Construcción de escenarios adecuados para la realización del Festival Nacional de la Guabina y el Tiple y cualquier evento de tipo cultural folclórico en el municipio de Vélez. Santander.

Viñeta

Construcción y adecuación de escuelas folclóricas en el municipio de Vélez, Santander, que sirvan de apoyo a las expresiones auténticas de los eventos declarados patrimonio cultural en la presente ley.

Las apropiaciones autorizadas en el Presupuesto General de la Nación deberán contar para su ejecución con los respectivos programas y proyectos de inversión.

Artículo 5

1 inciso

Reconózcase a los creadores y gestores culturales que participen en las tradiciones folclóricas: el Festival Nacional de la Guabina y el Tiple de Vélez, Santander, el Desfile de las Flores de Vélez, Santander, y la Parranda Veleña, los estímulos señalados en la Ley 397 de 1997 , Ley 1185 de 2008 y su Decreto reglamentario 2941 de 2009.

Artículo 6

Vigencia

1 inciso

La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
La Ministra de Cultura