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Ley 114 De 1888

Artículo 1

1 inciso

Art. 1.° La República reconoce y aprecia los importantes servicios prestados por el Sr. D. Ignacio Gutiérrez Vergara, y recomienda su memoria á los colombianos como modelo de abnegación, de valor y de patriotismo.

Artículo 2

1 inciso

Art. 2.° Un retrato al óleo de este insigne ciudadano será colocado en el Salón del Senado con esta inscripción : "El Congreso de Colombia recomienda su vida como ejemplo"

Artículo 3

Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Noviembre 24 De 1888

1 inciso

Art. 3.° Declárase incluida en el Presupuesto de Rentas y Gastos la partida de quinientos pesos ($ 500) para dar cumplimiento al artículo anterior.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno