Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 31 De 1914

Artículo 1

5 incisos

Restablece por cuatro años la Comisión de Relaciones Exteriores, creada por la ley 9 de 1913 y encargada de las siguientes labores:

Del estudio de las cuestiones territoriales que tiene pendientes la Republica; de la recopilación de los títulos y pruebas con ellas relacionados:

De la preparación de los trabajos que deben enviarse a las respectivas Comisiones internacionales americanas encargadas de la elaboración de los proyectos de Códigos del Derecho Internacional, publico y privado, que ha de considerar la Junta Internacional de Jurisconsultos americanos:

De la preparación de los trabajos que deben presentar las Delegaciones de Colombia en las Conferencias Panamericanas;

Del estudio de los demás asuntos de Relaciones Exteriores que el Gobierno someta a su consideración o respecto de los cuales solicite su dictamen.

Artículo 2

1 inciso

Los cinco miembros principales de la Comisión y los cinco suplentes serán nombrados para dicho periodo en esta forma: tres principales y sus respectivos suplentes por el Senado de la República, conforme al articulo 33 de la Ley 42 de 1905 : un principal y un suplente por la Cámara de Representantes y un principal y un suplente por el Poder Ejecutivo.

Artículo 3

1 inciso

Los miembros de la Comisión devengaran un sueldo de trescientos pesos mensuales.

Artículo 4

1 inciso

La Comisión tendrá un Secretario con la asignación mensual de doscientos pesos ($ 200) y un Oficial Mayor con ciento cincuenta pesos ($ 150) mensuales. Uno y otro serán nombrados por la Comisión.

Artículo 5

1 inciso

Esta Ley regirá desde su sanción, y los gastos que ella ocasione se consideraran incluidos en los presupuestos de las respectivas vigencias.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores