Artículo 1
Autorízase al Gobierno Nacional para vender o permutar el lote de terreno de propiedad de la Nación, situado en la manzana comprendida entre las carreras 23 y 24 con calles 21 y 22 de la ciudad de Manizales, con las edificaciones existentes, en el estado en que se encuentren, o previa demolición de éstas, según se apreciare más aconsejable a juicio del Departamento Administrativo de Servicios Generales. El producto de la venta se aplicará exclusivamente a la compra de un lote para la construcción de un edificio destinado a oficinas nacionales en la misma ciudad.