Artículo 1
1 inciso
El Ministerio de Agricultura y Comercio procederá a fundar en la Provincia de Urabá, Municipio de Turbo, una Granja Experimental de frutos tropicales, especialmente del cacao, que se denominara, Granja Experimental Juan H. White.
Ley 5 De 1938
El Ministerio de Agricultura y Comercio procederá a fundar en la Provincia de Urabá, Municipio de Turbo, una Granja Experimental de frutos tropicales, especialmente del cacao, que se denominara, Granja Experimental Juan H. White.
El Gobierno apropiara los fondos necesarios para el cumplimiento de la presente Ley, haciendo los traslados que sean necesarios en el Presupuesto del año en curso o apropiándolos en el próximo.
El Gobierno fundara en la región de Tierra dentro, Departamento del Cauca, Una escuela o Granja para educar a la población indígena en forma que propenda a su progreso material y moral por medios efectivos.
Esta Ley regirá desde su promulgación.