Artículo 1
1 inciso
Auxiliase con la suma de cuarenta mil pesos ($40.000.oo) al hospital de la ciudad de Garzón (Huila) para la dotación de la Sala de Asistencia Infantil que acaba de inaugurarse.
Ley 114 De 1962
Auxiliase con la suma de cuarenta mil pesos ($40.000.oo) al hospital de la ciudad de Garzón (Huila) para la dotación de la Sala de Asistencia Infantil que acaba de inaugurarse.
Auxiliase al mismo hospital con la suma de diez mil pesos ($10.000.oo) anuales permanentes, para el sostenimiento y asistencia de la Sala Infantil mencionada.
Estas cantidades serán incluidas en el Presupuesto de Gastos de la próxima vigencia, y si esto no se hiciere, queda facultado el Gobierno Nacional para hacer las operaciones presupuestales conducentes al cumplimiento de la presente Ley.
Estas sumas serán entregadas al Síndico del hospital, previo cumplimiento de las normas legales establecidas.
Esta Ley regirá desde su sanción.