Artículo 1
1 inciso
Autorizase al Gobierno para construir un puente sobre el rio Ambica, jurisdicción del Municipio de Colombia, Departamento del Huila.
Ley 114 De 1960
Autorizase al Gobierno para construir un puente sobre el rio Ambica, jurisdicción del Municipio de Colombia, Departamento del Huila.
El Gobierno Nacional, por intermedio del Ministerio de Obras Públicas, construirá el puente y fijara la correspondiente partida en el Presupuesto de la próxima vigencia, y si no fuere incluida se autoriza al Gobierno Nacional para abrir los créditos necesarios o para hacer las traslaciones presupuestales para dar cumplimiento a la presente Ley.
Esta Ley regirá desde su sanción.