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Ley 81 De 1881

Artículo 1

Artículo único. Autorízase al Poder Ejecutivo para que inmediatamente pueda suspender los efectos de la reforma introducida por el artículo 1.° de la ley 32, de 20 de Mayo, al impuesto sobre navegacion del Magdalena.

Firmas

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios
El Presidente de la Cámara de .Representantes
El secretario del Senado de Plenipotenciarios
El Secretario de la cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la Union
El Secretario del Tesoro