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Articulado completo

Ley 45 De 1985

Aprueba

El texto propio de esta ley es el acto aprobatorio. Aprueba un instrumento con articulado propio:

Artículo 1

9 incisos

Artículo primero. Apruébanse el "Convenio para la Protección del Medio Marino y la Zona Costera del Pacífico Sudeste", el "Acuerdo sobre la Cooperación Regional para el Combate contra la Contaminación del Pacífico Sudeste por Hidrocarburos y otras Sustancias Nocivas en casos de Emergencia", firmados el 12 de noviembre de 1981, en Lima, Perú, el "Protocolo Complementario del Acuerdo sobre la Cooperación Regional para el Combate contra la Contaminación del Pacífico Sudeste por Hidrocarburos y otras Sustancias Nocivas" y el "Protocolo para la Protección del Pacífico Sudeste contra la Contaminación Proveniente de Fuentes Terrestres", suscritos en Quito, Ecuador, el 22 de julio de 1983, cuyos textos dicen:

CONVENIO PARA LA PROTECCION DEL MEDIO MARINO Y LA ZONA COSTERA DEL PACIFICO SUDESTE

Las Altas Partes Contratantes.

Conscientes de la necesidad de proteger y preservar el medio marino y la zona costera del Pacífico Sudeste contra todos los tipos y fuentes de contaminación;

Convencidas del valor económico, social y cultural del Pacífico Sudeste como medio de vinculación de los países de la región;

Considerando que los diferentes convenios internacionales vigentes en materia de contaminación marina no cubren, a pesar de todo el progreso realizado, todos los tipos y fuentes de contaminación y no satisfacen totalmente, las necesidades y exigencias de los países de la región;

Reconociendo la conveniencia de cooperar en el plano regional, directamente o utilizando en concurso de la Comisión Permanente del Pacífico Sur o de otras organizaciones internacionales competentes, para proteger y preservar dicho medio marino y zona costera;

Han acordado el siguiente:

CONVENIO PARA LA PROTECCION DEL MEDIO MARINO Y LA ZONA COSTERA DEL PACIFICO SUDESTE

Artículo 2

1 inciso

Artículo segundo. Esta ley entrará en vigencia una vez cumplidos los trámites establecidos en la Ley 7ª. del 30 de noviembre de 1944, en relación con el Convenio y Protocolo que por esta misma Ley se aprueban.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Minas y Energía