Artículo 1
Estado jurídico. A partir de la vigencia de la presente Ley, la Unidad Universitaria del Sur de Bogotá, creada mediante Ley 52 de 1981 se denominará Universidad Nacional Abierta y a Distancia UNAD, como establecimiento público de carácter nacional con personería jurídica, autonomía académica, administrativa y financiera, patrimonio independiente, adscrita al Ministerio de Educación Nacional y con domicilio en la ciudad de Santa Fe de Bogotá, D. C., y podrá constituir seccionales en todo el territorio nacional, a través de las cuales podrá ofrecer sus programas en las modalidades presencial y a distancia.
No obstante el cambio de nombre de la Unidad Universitaria del Sur de Bogotá, UNISUR, por el de Universidad Nacional Abierta y a Distancia, UNAD, ésta queda obligada a cumplir con las exigencias de acreditación, establecidas en el artículo 20 de la Ley 30 del 28 de diciembre de 1992, Capítulo IV "De las Instituciones de Educación Superior".