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Ley 38 De 1983

Artículo 1

1 inciso

Adiciónase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital en la cantidad de once mil quinientos treinta y tres millones quinientos tres mil novecientos veinticuatro pesos con 74/100 ($11.533.503.924.74) moneda corriente, que con base en los certificados de Disponibilidad números:

Artículo 2

1 inciso

Con base en los recursos de que trata el artículo anterior ábranse los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1983:

Artículo 3

1 inciso

Efectúanse los siguientes contracréditos en el presupuesto de gastos de la vigencia fiscal de 1983.

Artículo 4

1 inciso

Con base en los recursos de que trata el artículo anterior, ábranse los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la actual vigencia.

Artículo 5

1 inciso

Efectúanse los siguientes traslados en el Presupuesto de gastos de la vigencia fiscal de 1983.

Artículo 6

1 inciso

Se efectúan las siguientes modificaciones de leyenda en algunos rubros presupuestales del Sector Central de la vigencia fiscal de 1983.

Artículo 7

1 inciso

Se efectúan las siguientes modificaciones de leyendas sobre Aportes para el Plan y Programa de Fomento a Empresas Útiles y Benéficas de Desarrollo Regional, Sector Central para la vigencia fiscal de 1983.

Artículo 8

1 inciso

La presente Ley rige a partir de la fecha de su sanción.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario del honorable Senado de la República
El Secretario de la honorable Cámara de Representantes Julio Enrique Olaya Rivera República de Colombia | Gobierno Nacional
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Hacienda y Crédito Público