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Ley 81 De 1985

Artículo 1

1 inciso1 parágrafo

Granada-Mesetas. Granada-Lejanías. Cubarral-El Castillo, en el Departamento del Meta, con el Sistema Eléctrico Nacional y destinase para ello la suma de trescientos millones pesos ($ 300.00.000.00) moneda legal.

Parágrafo

La obra de interconexión se hará bajo la dirección técnica del ICEL.

Artículo 2

1 inciso

000.000.00) cada año para la realización de dicha obra.

Artículo 3

1 inciso

Es entendido que esta autorización será discrecional del Gobierno, de acuerdo con su disponibilidad financiera.

Artículo 4

Esta Ley regirá a partir de la fecha de su sanción.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público (E.)
El Ministro de Minas y Energía (E.)