Artículo 1
1 inciso
Dentro de los términos establecidos por la Ley 91 de 1928 , el Gobierno Nacional procederá a adelantar negociaciones con el Departamento de Nariño, a fin de nacionalizar el Colegio Sucre, de Ipiales.
Ley 61 De 1942
Dentro de los términos establecidos por la Ley 91 de 1928 , el Gobierno Nacional procederá a adelantar negociaciones con el Departamento de Nariño, a fin de nacionalizar el Colegio Sucre, de Ipiales.
El Gobierno procederá, cuando las circunstancias fiscales lo permitan, a nacionalizar el Colegio Rufino J. Cuervo, de Varones, de Armenia (Caldas).
En el Presupuesto de las próximas vigencias se incluirá la partida necesaria para darle cumplimiento a la presente Ley.
Esta Ley regirá desde su sanción.