Artículo 1
1 inciso
642.494.052) moneda corriente, que con base en los certificados de disponibilidad expedidos por la Contraloría General de la República se incorporarán así:
Ley 38 De 1979
642.494.052) moneda corriente, que con base en los certificados de disponibilidad expedidos por la Contraloría General de la República se incorporarán así:
Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1979:
La presente Ley rige desde la fecha de su sanción.