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Ley 1589 De 2012

Artículo 1

1 inciso

Apruébase el "Acuerdo Internacional del Café de 2007", adoptado por el Consejo Internacional del Café en su 98 período de sesiones, en Londres, Reino Unido, el 28 de septiembre de 2007.

Artículo 2

1 inciso

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 7ª de 1944, el "Acuerdo Internacional del Café de 2007", adoptado por el Consejo Internacional del Café en su 98 período de sesiones, en Londres, Reino Unido, el 28 de septiembre de 2007, que por el artículo 1° de esta ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto de los mismos.

Artículo 3

1 inciso

La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

El Vicepresidente del honorable Senado de la República
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
La Secretaria General (e) de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
La Ministra de Relaciones Exteriores
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo