Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 30 De 1873

Artículo 1

1 inciso

Artículo único. Concédese una pension alimenticia a la hija lejítima del Coronel Francisco J. González, de veinticinco pesos mensuales.

Firmas

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado de Plenipotenciarios
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la Union