Artículo 1
1 inciso
Declarase de utilidad pública el predio urbano denominado "El Feudo", en la ciudad de Florencia, Caquetá, de propiedad del señor Francisco Jiménez Medina.
Ley 81 De 1948
Declarase de utilidad pública el predio urbano denominado "El Feudo", en la ciudad de Florencia, Caquetá, de propiedad del señor Francisco Jiménez Medina.
Destinase la cantidad de ciento veinte mil pesos ($120.000) para el pago de los gastos de la expropiación de la zona de terreno, incluyendo en esta suma los frutos civiles y naturales a que hubiere lugar.
Todo sobrante de la cantidad expresada se destinara a la urbanización y saneamiento del mismo predio.
El Gobierno queda autorizado para arbitrar los recursos en caso de que esta parda no quede en el Presupuesto.
Esta Ley regirá desde su sanción.